miércoles, 9 de junio de 2010

SOCIEDADES MERCANTILES.

http://www.youtube.com/watch?v=fP_AVz9ftTw ANONIMA
http://www.youtube.com/watch?v=iyYzOb-06Jo&feature=related


GENERALIDADES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

Capítulo II
GENERALIDADES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES


Competencias:
1.- Diferenciar una sociedad mercantil de una que no lo es.
2.- Identificar los distintos tipos de Sociedades Mercantiles.

Contenido:
2.1 Sociedad. Su concepto y sus clases.
2.2 Sociedades de acuerdo a sus fines.
2.3 Clasificación de las Sociedades Mercantiles.
2.4 Legislación aplicable a las Sociedades Mercantiles.
2.5 Cuestionario de Autoevaluación.
2.1 SOCIEDAD. Su concepto y sus clases
En términos muy generales, sociedad puede ser definida como una agrupación de personas, permanente o transitoria, voluntaria u obligatoria, la cual se organiza para aportar bienes o servicios destinados a la realización de un fin común, y a la que el derecho atribuye o niega personalidad jurídica
[1].

Permanentes o Transitorias
Lo que determina la permanencia o la transitoriedad de una sociedad es, por regla general, el fin para el cual fue constituida. Así, podrá haber por ejemplo. sociedades constituidas para dedicarse a la explotación minera de diversos fundos en el largo plazo y podrá haber otras organizadas para explotar un solo yacimiento minero cuya vida determinará la de la sociedad.

Voluntarias y Obligatorias
No todas las sociedades se constituyen por voluntad de las partes. Hay casos en el que el legislador, por razones políticas, económicas o de simple policía, imponen a los gobernados la obligación de asociarse.

De Aportación de Bienes y de Aportación de Servicios
La aportación de bienes a un fondo social no es una característica esencial de todas las sociedades. Las hay cuyos fines consisten en prestar a la comunidad servicios comunitarios, culturales, de defensa de los intereses de sus asociados o de cualquier otra naturaleza análoga, que no requieren necesariamente de las aportaciones de bienes, si bien algunas de ellas recurren circunstancialmente a las aportaciones materiales de sus socios para la consecución de sus fines.

2.2 SOCIEDADES DE ACUERDO A SUS FINES
Por sus fines, pueden existir tantas clases de sociedades como sean diversos los propósitos que constituyan al objeto de su institución. Conforme a este criterio, las sociedades generalmente se clasifican en:

· De beneficencia. Cuyo fin, como su nombre lo indica, es prestar servicios humanitarios, culturales, etc., a la comunidad.

· Con fines no lucrativos. Cuyo fin, en principio, no tenga un carácter preponderantemente económico, ni constituya una especulación mercantil; tales como las asociaciones civiles; las sociedades mutualistas y cooperativas, etc.

· Con fines preponderantemente económicos que no constituyan una especulación comercial. Entre las que se encuentran las sociedades civiles.

· Con fines preponderantemente económicos que constituyan una especulación comercial. Como en el caso de las sociedades mercantiles en general.

2.3 CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
En el campo particular de las sociedades mercantiles, éstas suelen clasificarse en: sociedades de personas; sociedades de capitales; sociedades mixtas y sociedades elásticas o flexibles
[2]. Sin embargo, también se les distingue siguiendo una gran variedad de criterios, algunos de los cuales son los siguientes:

· De Personas. Se caracterizan porque se constituyen atendiendo a la calidad de las personas que las integran, cuyos nombres forman el nombre de la sociedad (razón social) y quienes, en cierta medida, son responsables de las operaciones que aquella celebra. El tipo clásico de esta clase de sociedades es la SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO.

· De Capitales. Su principal característica consiste en que su constitución atiende no tanto a la calidad de sus integrantes, sino al monto de las aportaciones que éstos realizan. Existen al amparo de un nombre (denominación social) que no se forma con el nombre de los socios quienes, en principio, solamente están obligados al pago de sus aportaciones. La SOCIEDAD ANÓNIMA es el tipo clásico de esta especie de sociedad.

· Mixtas. Son aquellas que participan de las características tanto de las sociedades de personas como de las de capitales, por cuanto su nombre (razón social) se forma con el de los socios, de los cuales unos responden de las obligaciones sociales con su patrimonio y otros únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. La SOCEDAD EN COMANDITA es el tipo clásico de estas sociedades.

· Elásticas o Flexibles. En atención a las circunstancias especiales que determinen a los socios a constituir esta clase de sociedades, éstos pueden destacar las características de las denominadas sociedades de personas o sociedades de capital. Por consiguiente, pueden existir con arreglo a una razón social o a una denominación social. El prototipo de estas sociedades es la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

· Cerradas. Reciben este nombre las sociedades anónimas cuyas acciones son propiedad de un grupo pequeño de socios, generalmente constituido por una familia.

· Abiertas. Se les llama así a las sociedades anónimas cuyas acciones se cotizan en bolsa y, en consecuencia, son controladas por un gran número de personas.

· Regulares. Son aquellas cuya constitución ha sido formalizada en escritura pública y están inscritas en el Registro Público del Comercio.

· Irregulares. Son aquellas que no están inscritas en el Registro Público del Comercio, consten o no en escritura pública.

· De Hecho. Son las que se constituyen por escrito pero no en escritura pública.

· Incompletas. Se le denomina así a las sociedades regulares o irregulares a las que les falta uno o varios de los requisitos legales de constitución.

· Aparentes. También se les conoce como sociedades de papel o de comodidad. Son las constituidas por un solo socio y en las que figuran uno o varios simuladores, sin verdadero interés económico y jurídico en la sociedad, para cumplir el requisito del número de socios mínimo establecido por la ley.

· Durmientes. Este nombre es aplicado a las sociedades formalmente constituidas e inscritas en el Registro Público de Comercio que no llegan a funcionar, pero cuya creación o mantenimiento se hace con el propósito de proteger ciertas denominaciones o nombres comerciales o ciertas marcas.

· Ocultas. Son aquellas que no se exteriorizan como tales frente a terceros. La figura típica es la ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.

· De Participación Estatal. Son aquellas en las que participa el Estado como socio, ya sea directamente o por conducto de un organismo público descentralizado.

· Controladoras. Son las que controlan el capital social, generalmente representado por acciones, de otra u otras sociedades mercantiles que en conjunto constituyen un grupo. A esta clase de sociedades, también se les denomina, sociedades tenedoras o holdings.

· Controladas. También se les conoce como sociedades filiales, subsidiarias o consolidadas, porque su capital social es controlado por otra sociedad mercantil.

2.4 LEGISLACIÓN APLICABLE A LAS SOCIEDADES MERCANTILES
La constitución, organización y funcionamiento de las sociedades tiene su fundamento en el Art. 9 Constitucional que consagra el derecho de libertad de asociación.
Por otra parte, la principal consecuencia de que se le atribuya legalmente el carácter de comerciantes a las sociedades mercantiles es la de regularlas mediante un complejo sistema de derechos y obligaciones que solo afectan a los comerciantes; es decir, la de someterlas a la legislación mercantil.
Entre las numerosas leyes especiales a que están sometidas las sociedades mercantiles se cuentan los siguientes ordenamientos de carácter federal; esto es, aplicables en toda la República.
· Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). Es decir, un ordenamiento especial, que regula la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación de las siguientes sociedades mercantiles: EN NOMBRE COLECTIVO; EN COMANDITA SIMPLE; DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; ANÓNIMA y EN COMANDITA POR ACCIONES. (ART.1.- Esta ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles: I. Sociedad en Nombre Colectivo; II. Sociedad en Comandita Simple; III. Sociedad de Responsabilidad Limitada; IV. Sociedad Anónima; V. Sociedad en Comandita por Acciones; y VI Sociedad Cooperativa. Cualquiera de las sociedades a que se refieren las fracciones I a V de este artículo podrán constituirse como sociedades de capital variable, observándose entonces las disposiciones del capítulo VIII de esta ley.)

· Código de Comercio. Aplicable en lo conducente a los actos y contratos mercantiles y a los juicios entre comerciantes.

· Código Civil para el Distrito Federal. Es decir, aplicación supletoria tanto a las sociedades mercantiles como a los actos, convenios y contratos de naturaleza comercial.

· Ley de Inversión Extranjera. Establece reglas para la estructuración del capital de las sociedades en las que participe la inversión extranjera. También establece las condiciones de admisión y exclusión de extranjeros en las sociedades mexicanas y la adquisición de inmuebles por las mismas.

· Ley del Mercado de Valores. Sus disposiciones son aplicables a las sociedades cuyas acciones o valores se cotizan en bolsa.

· Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos. Regula exclusivamente los juicios concursales de los comerciantes.

· Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Sus disposiciones se aplican a los títulos representativos de las participaciones de los socios en el capital social (acciones y partes sociales), así como a ciertas operaciones de crédito reservadas exclusivamente a las sociedades anónimas, de la manera que sucede con la emisión de las obligaciones.

· Ley de Monopolios. Sanciona las actividades monopolísticas y oligopolísticas y, en general, las que constituyen prácticas desleales de comercio.

2.5 CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN
¿Cómo podemos definir a una sociedad?

¿Cómo se clasifican las sociedades de acuerdo a sus fines?

¿Cómo se clasifican principalmente las sociedades mercantiles?

¿Qué características tiene una sociedad de personas?

¿Qué características tiene una sociedad de capitales?

¿Qué características tiene una sociedad mixta?

¿Qué características tiene una sociedad elástica o flexible?

¿Qué nombre tiene la ley que regula la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación las sociedades mercantiles?

¿Qué nombre tiene la ley que establece las reglas para la estructuración del capital de las sociedades en las que participe la inversión extranjera?

¿Qué nombre tiene la ley cuyas disposiciones se aplican a los títulos representativos de las participaciones de los socios en el capital social (acciones y partes sociales), así como a ciertas operaciones de crédito reservadas exclusivamente a las sociedades anónimas, de la manera que sucede con la emisión de las obligaciones?

13 comentarios:

  1. Se nos muestra que tan fácil es adquirir una sociedad, llevar a cabo varios pasos y considerar cual de todas es el conveniente para nuestro negocio, como podría ser sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, cooperativa o demás. Se presenta la solicitud ante la SRE. Con el formulario, ellos se encargaran de crear tu empresa.
    En el órgano de administración de una sociedad es el represéntate y pueden ser una o varias personas, pues son quién van a tomar las decisiones de la empresa y su firma es la que se tomara en cuenta, es recomendable tener un gerente o apoderado que no pertenezca al consejo pero con facultades que consideren necesarias para regulaciones, como también un órgano de vigilancia.
    Ya con el acta constitutiva solo se le confirma a la SHCP, al Registro público de propiedad y a registros especiales que existe una nueva sociedad. Por último a la SRE que el permiso ha sido usado.
    Laura Marina Flores González.

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  2. FIDEICOMISOS???

    La Secretaría de Turismo (Sectur) emitió un reporte en el que señala que las entidades del país que captaron mayores montos fueron, en orden de importancia, Baja California, Nayarit, Campeche, Sonora y Sinaloa, las que en conjunto representan el 94.53 por ciento del total de la inversión.
    Al captar en el territorio nacional recursos por mil 506.7 millones de dólares significa que se alcanzó alrededor del 45 por ciento de la meta anual de , que se fijó como compromiso el presidente Felipe Calderón Hinojosa, de sumar 20 mil millones de dólares en los seis años de la presente administración. Del total de la inversión acumulada de enero a marzo del presente año, el 44.69 por ciento fue de origen nacional -lo que representa un crecimiento del 26 por ciento en comparación con el mismo lapso del 2006-; en tanto, la inversión extranjera fue de 55.31 por ciento -que fue 104 por ciento mayor al año anterior-. El origen de los capitales fue principalmente estadounidense con una participación del 49.93 por ciento, y españoles con 47.22 por ciento.
    En el mismo documento, la dependencia agrega que en el caso del Mundo Maya y los sitios vacacionales de playa -aunque no especifica nada más-, la inyección de recursos fue de un 378 por ciento y se destinará para impulsar 49 desarrollos turísticos, megadesarrollos y desarrollos inmobiliarios; además de 17 acciones para la construcción y remodelación de hoteles de diversas categorías y siete más para campos de golf, marinas, parques temáticos, muelles, miradores turísticos y puertos de abrigo, entre otros.
    En tanto, la Secretaría de Economía señala que de 1994 a 2006, el acumulado de inversión extranjera en Quintana Roo fue de 987.8 millones de dólares, lo que ubica a la entidad como líder de los estados de la región Golfo-Caribe en inversión.

    Fuente:novenet.com.mx


    Ejemolos:
    *Hotel Palladium
    *Mayan Palace


    Marcela Comparan Camarena

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  3. Procedimientos a seguir para constituir una sociedad mercantil…

    1.-Elegir el tipo y forma de la sociedad…
    *Sociedad anónima.
    *Comandita Simple.
    *Responsabilidad limitada.
    *Nombre colectivo.
    2.-Elegir el nombre de la empresa (solicitud en la SRE).
    3.-Número de socios (consultar a nuestro asesor para saber cuál es el minimo de socios de acuerdo al tipo de sociedad que elegimos).
    4.-Presentar la solicitud al fedatario.
    5.-Elaborar los estatutos…
    *Actas constitutivas de la empresa
    *Identificación
    *RFC
    6.-Elegir el objetivo (describir la actividad preponderante al que se dedicara la empresa).
    7.-Elegir el domicilio de la sociedad.
    8.-Elegir el de capital social.
    9.-Elegir el órgano de administración (quien firmara y tomara decisiones de las empresas)
    10.-Elegir el órgano de vigilancia (comisario, vigila que el trabajo sea hecho correctamente)
    11.-Formalizacion de los estatutos.
    12.-Inscripcion de la sociedad en la HSPC
    13.-Dar aviso de uso de denominación.


    (Videos)


    Marcela Comparan Camarena

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  4. FIDEICOMISOS...
    1er. fideicomiso.-Extranjeros han comprado ejidos por medio de presta-nombres, pero es riesgoso porque esta a nombre de4 otra persona.
    -Propiedad escriturada.- Esta registrada en el Registro Publico de la Propiedad, extranjeros pueden ser dueños directamente mientras no se encuentre en la zona restringida (50 km cerca del mar. Todos los extranjeros que son dueños de bienes raíces en el área de Puerto Vallarta, lo hacen por medio de fideicomiso bancario.
    La única diferencia de escrituras y el banco es que el último actúa como presta-nombres.
    2do. fideicomiso.-Minería... los más interesados han sido los chinos...y esto esta despegando fuertemente, el gobierno le esta dando mucho impulso.

    Patricia Guadalupe González Vázquez

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  5. En los vídeos, los procedimientos para constituir una sociedad y en la cláusula calvo, nos hacen referencia a que tiene muchísimos beneficios constituir una sociedad, y nos mencionan los pros y contra de cada una, de acuerdo a la razón social de la empresa o negocio y al número de socios, se va a determinar cual será la sociedad más conveniente a constituir, o se puede pedir asesoría con el Notario o Corredor público con quien vayan a realizar la escritura de su sociedad, o también pueden acudir a SRE a pedir informes.
    Aqui conocemos la variedad de sociedades como lo son las más comunes: Sociedad Anonima, S. en Comandita Simple, S. de Responsabilidad Ilimitada, S. de Responsabilidad limitada, S. Cooperativa... y las leyes que son aplicables a las sociedades y las actividades que realizan.

    Patricia Guadalupe González Vázquez

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  6. *Fideicomiso bancario en México*


    ¿Es posible o no para extranjeros ser propietarios de bienes inmuebles en México?¡Sí!.

    Siga a la ley mexicana y podrá tener propiedades en México, obtener el título de seguro para éstas e incluso conseguir un préstamo hipotecario si califica.

    Mientras la Constitución Mexicana de 1917 prohibía la compra a los extranjeros de bienes inmuebles a 50 Km. De las costas y a 100 Km. De las fronteras (zona restringida), ciertos cambios a la Ley de Inversión Extranjera ahora hacen posible la adquisición de propiedades en tales áreas así como en el interior de México.

    Los extranjeros pueden adquirir propiedades en las zonas restringidas mediante un fideicomiso. Bajo éste arreglo, un banco mexicano retiene el título legal sobre la propiedad y el comprador como beneficiario recibe todos los derechos como propietario. El término inicial de 50 años es renovable indefinidamente. La propiedad puede ser utilizada, mejorada, rentada, heredada o vendida. Una de las ventajas del fideicomiso es la factibilidad para nombrar a un beneficiario sustituto permitiendo la transferencia del título en caso de defunción sin tener que mostrar comprobantes de pagos o transferencias por fax. Este arreglo fiduciario permite la compra a extranjeros dejando la Constitución Mexicana intacta.

    Independientemente de si la propiedad está dentro o fuera de la zona restringida, el gobierno de México no pretende expropiar su propiedad o simplemente despojarle de ella. Ellos tienen leyes de dominio eminente similares a las de E.U. Quien escribe recomienda a los extranjeros obtener el seguro de título en su compra y más adelante podrán ejercer todas las diligencias típicas usadas en la compra de propiedades en su propio país. El proceso empieza con un contrato de compra preliminar comprensivo. Dicho contrato debe incluir todos los términos y condiciones de la venta, incluyendo cualquier contingencia respecto a inspecciones e investigaciones de los documentos legales.

    Se pagará una tarifa inicial para transferir o gestionar in fideicomiso nuevo y cuotas de mantenimiento anuales, todas éstas pagaderas al banco mexicano. La ejecución de la documentación necesaria para transferir o iniciar un fideicomiso no constituye transferencia o título, es sólo el primer paso en el proceso de la transferencia del título. Un fideicomiso no puede ser ejercido hasta que la construcción haya sido terminada y lista para ocuparse y las transferencia del título.

    En México, el Notario Público es un abogado designado por el gobierno para formalizar ciertos documentos legales, incluyendo contratos inmobiliarios, transferencia y certificación de títulos y el cobro de impuestos. Ellos son los únicos autorizados para transferir y certificar el título de la propiedad pero ellos no funcionan como un Escrow que quizá le sea familiar a usted en otras jurisdicciones.

    La transferencia del título acontece cuando el Notario registra la venta en el Registro Público de la Propiedad. En preparación a la transferencia del título, el Notario llevará a cabo una investigación de título sobre la propiedad, incluyendo la verificación de que no existan demandas o gravámenes hacendatarios contra la propiedad. Como ellos no garantizan su trabajo, usted debe adquirir un seguro de título para poder proteger plenamente sus intereses.

    FUENTE: http://www.puertoviejoskies.com.mx/fideicomiso-inmobiliario/

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  7. *VIDEO* CONSTITUCION DE SOCIEDADES MERCANTILES


    El video nos habla sobre los requisitos que se deben cumplir para la constitución de las sociedades mercantiles, así como las alternativas de sociedades.

    Pasos para la constitución de una Sociedad Mercantil:

    1) Solicitud a la SER
    2) Elección del número de Socios ( min 2 socios)
    3) Llenar formulario
    4) Proyecto de estatuto
    5) Documentos:

    Acta constitutiva
    Identificación
    Registro Federal de Contribuyentes
    RFC

    6) Elección del objetivo
    7) Elección del domicilio
    8) Elección del capital social

    ORGANOS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

    *Administración: Toma de decisiones de la sociedad. (Consejo de administración)

    *Vigilancia: Comisario – Vigilar el trabajo de la


    9) Formalización de los Estatutos
    10) Creación del Acta Constitutiva
    11) Aviso del permiso a la SRE


    Alma Yadira Cervantes Quiroz

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  8. FIDEICOMISO EN ZONA RESTRINGIDA

    La legislación mexicana permite a los extranjeros adquirir los derechos de uso, goce y explotación de bienes raíces ubicados en las costas y fronteras de México, conocida como "Zona Restringida", mediante Contratos de FIDEICOMISOS, que el medio idóneo para los extranjeros interesados para invertir en bienes raíces para fines tanto recidenciales como comerciales o industriales, adquirir los derechos y oblicaciones sobre estas propiedades.

    Qué requisitos son necesarios para constituir el FIDEICOMISO?

    El vendedor, el comprador (inversionista extranjero) y el Agente Inmobiliario, deberán proveer a la Institución Bancaria la siguiente documentación:

    a) DEL INMUEBLE: Copia de Escritura o título de propiedad debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, certificado de libertad de gravamen, avaluó reciente.

    b) DEL VENDEDOR: (PROPIETARIO ORIGINAL DEL INMUEBLE) Copias de su identificación, comprobante de domicilio y cedula Fiscal (RFC), si es persona moral: copia del acta constitutiva, Poderes de los Representantes Legales, Identificación de los Representantes Legales, comprobante de domicilio de la empresa y cedula de identificación fiscal de la empresa.

    c) DEL COMPRADOR: Copia de identificación oficial (Pasaporte, FM2, FM3), comprobante de domicilio (puede ser también licencia de conducir) carta de designación de sus sustitutos para el caso de fallecimiento.

    d) El precio acordado de la compraventa el inmueble.

    e) Formularios internos de la Institución Fiduciaria.

    Una vez recibida toda la documentación antes mencionada, la Institución tramitará ante la Secretaria de Relaciones Exteriores el permiso para la constitución del fideicomiso en beneficio del inversionista extranjero, al recibir el permiso se procederá a la formalización del contrato ante el Notario Público designado por las partes (Los Notarios Públicos en México son Abogados autorizados por el Gobierno e investidos de fe pública para formalizar en su protocolo las transacciones derivadas de la transferencia de propiedades como es el caso del Fideicomiso), una vez firmada la escritura pública que contiene el fideicomiso el Notario le envía para su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y el Fiduciario ante el Registro Nacional de Inversión Extranjera.
    Laura Hernández González :)

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  9. VIDEO SOCIEDADES MERCANTILES

    El video me parece interesante ya que nos muestra la forma de constituir una sociedad paso a paso, nos muestra los requisitos necesarios que se presentarán...
    La sociedad anónima es la más común pero hay muchas formas de sociedades para las diferentes necesidades ya sean grandes o medianas sociedades por ejemplo sociedad: en comandita, responsabilidad limitada, en nombre colectivo.
    Creo que el video es sumamente explícito y cualquier duda que se tuviera basta con consultar éste mismo, al momento que se quiera constituir una sociedad.

    Laura Hernández González :)

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  10. 16 JUNIO 2010


    LIZBETH MENES MENDEZ
    TAREA
    REGIMEN JURIDICO DE LA INVERSION EXTRANJERA.


    2.5 CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN

    ¿Cómo podemos definir a una sociedad?
    Como un conjunto de personas físicas que al constituirse se van a convertir en personas morales.

    ¿Cómo se clasifican las sociedades de acuerdo a sus fines?
    Sociedad en nombre colectivo.
    Sociedad en comandita simple
    Sociedad de responsabilidad limitada
    Sociedad anónima
    Sociedad en comandita por acciones.
    Sociedad cooperativa

    ¿Cómo se clasifican principalmente las sociedades mercantiles?
    Por su razón social

    ¿Qué características tiene una sociedad de personas?
    Estas son las sociedades en las que predomina el elemento personal.

    ¿Qué características tiene una sociedad de capitales?
    Estas sociedades es en las que domina el capital social.

    ¿Qué características tiene una sociedad mixta?
    Son en las que domina tanto el personal como el capital.

    ¿Qué características tiene una sociedad elástica o flexible?


    ¿Qué nombre tiene la ley que regula la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación las sociedades mercantiles?
    Es la ley general de sociedades mercantiles.

    ¿Qué nombre tiene la ley que establece las reglas para la estructuración del capital de las sociedades en las que participe la inversión extranjera?
    Ley de inversión extranjera.

    ¿Qué nombre tiene la ley cuyas disposiciones se aplican a los títulos representativos de las participaciones de los socios en el capital social (acciones y partes sociales), así como a ciertas operaciones de crédito reservadas exclusivamente a las sociedades anónimas, de la manera que sucede con la emisión de las obligaciones?

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  11. COMENTARIO DEL VIDEO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES:

    ESTE VIDEO NOS MUESTRA COMO SE CONSTITUYEN LAS SOCIEDADES MERCANTILES, LO QUE SE NECESITA PARA CONTIUIR CADA UNA DE ELLAS, LA MANERA EN QUE SE DEBEN PRESENTAR LA DOCUMENTACION, EN POCAS PALABRAS NOS MENCIONA CUALES SON LOS DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN Y PUES ME PARECIO UNA BUENA HERRAMIENTA ESTA VIDEO YA QUE NOS DA DE UNA MARERA CONCRETA LO QUE SE NECESITA PARA CONTITUIR SOCIEDADES MERCANTILES.

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  12. De los fideicomisos
    El fideicomiso es permiso emitido por la legislación mexicana para adquirir bienes en zona restringida como las costas y fronteras a los inversionistas extranjeros para que obtengan derechos y obligaciones en esas propiedades. Este trámite realizara ante la Secretaria de Relaciones Exteriores y con la ayudad de un notario se hará la inscripción ante el registro nacional de Inversión Extranjera
    Laura Marina Flores Gonzalez.

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  13. CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN

    ¿Cómo podemos definir a una sociedad?

    Agrupación de personas, permanente o transitoria, voluntaria u obligatoria, la cual se organiza para aportar bienes o servicios destinados a la realización de un fin común, y a la que el derecho atribuye o niega personalidad jurídica.

    ¿Cómo se clasifican las sociedades de acuerdo a sus fines?

    1) De beneficencia
    2) Con fines no lucrativos
    3) Con fines preponderantemente económicos que no constituyan una especulación comercial
    4) Con fines preponderantemente económicos que constituyan una especulación comercial.

    ¿Cómo se clasifican principalmente las sociedades mercantiles?

    1) Sociedades de personas
    2) Sociedades de capitales
    3) Sociedades mixtas
    4) Sociedades elásticas o flexibles

    ¿Qué características tiene una sociedad de personas?

    Se constituyen atendiendo a la calidad de las personas que las integran, cuyos nombres forman el nombre de la sociedad (razón social) y quienes, en cierta medida, son responsables de las operaciones que aquella celebra. El tipo clásico de esta clase de sociedades es la SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO.

    ¿Qué características tiene una sociedad de capitales?

    Su principal característica consiste en que su constitución atiende no tanto a la calidad de sus integrantes, sino al monto de las aportaciones que éstos realizan. Existen al amparo de un nombre (denominación social) que no se forma con el nombre de los socios quienes, en principio, solamente están obligados al pago de sus aportaciones. La SOCIEDAD ANÓNIMA es el tipo clásico de esta especie de sociedad.

    ¿Qué características tiene una sociedad mixta?

    Son aquellas que participan de las características tanto de las sociedades de personas como de las de capitales, por cuanto su nombre (razón social) se forma con el de los socios, de los cuales unos responden de las obligaciones sociales con su patrimonio y otros únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. La SOCEDAD EN COMANDITA es el tipo clásico de estas sociedades.

    ¿Qué características tiene una sociedad elástica o flexible?

    En atención a las circunstancias especiales que determinen a los socios a constituir esta clase de sociedades, éstos pueden destacar las características de las denominadas sociedades de personas o sociedades de capital. Por consiguiente, pueden existir con arreglo a una razón social o a una denominación social. El prototipo de estas sociedades es la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.


    ¿Qué nombre tiene la ley que regula la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación las sociedades mercantiles?


    • Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM)

    ¿Qué nombre tiene la ley que establece las reglas para la estructuración del capital de las sociedades en las que participe la inversión extranjera?

    • Ley de Inversión Extranjera

    ¿Qué nombre tiene la ley cuyas disposiciones se aplican a los títulos representativos de las participaciones de los socios en el capital social (acciones y partes sociales), así como a ciertas operaciones de crédito reservadas exclusivamente a las sociedades anónimas, de la manera que sucede con la emisión de las obligaciones?

    • Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


    Alma Yadira Cervantes Quiroz

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