La Ley de Inversión Extranjera (LIE), establece la regla general de que la inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y operar establecimientos, y ampliar o relocalizar los ya existentes.Sin embargo, la LIE también establece excepciones, en las que la inversión extranjera no puede participar, o en la que dicha participación está sujeta a ciertos límites. Los casos específicos pueden agruparse en los siguientes grupos:+ Actividades reservadas de manera exclusiva al Estado:
- Petróleo e hidrocarburos
- Petroquímica básica
- Electricidad
- Generación de energía nuclear
- Minerales radioactivos
- Comunicación vía satélite
- Telégrafos
- Radiotelegrafía
- Correos
- Emisión de billetes
- Acuñación de moneda
- Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos
+ Actividades reservadas a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros:
- Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, sin incluir los servicios de mensajería y paquetería
- Comercio al por menor de gasolina y distribución de gas licuado de petróleo
- Servicios de radiodifusión y otros de radio y televisión, distintos de televisión por cable
- Uniones de crédito
- Instituciones de banca de desarrollo
- Prestación de algunos servicios profesionales y técnicos
+ Actividades y sociedades en las que la inversión extranjera puede participar, sujeto a determinados porcentajes:
- Hasta el 10% en sociedades cooperativas de producción
- Hasta el 25% en transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi, y transporte aéreo especializado
- Hasta el 49% en:
- sociedades controladoras de grupos financieros
- instituciones de banca múltiple, casas de bolsa
- especialistas bursátiles
- instituciones de seguros
- instituciones de fianzas
- casas de cambio
- almacenes generales de depósito
- arrendadoras financieras
- empresas de factoraje financiero
- sociedades financieras de objeto limitado
- sociedades a las que se refiere el artículo 12 bis de la Ley del Mercado de Valores
- acciones representativas del capital fijo de sociedades de inversión
- administradoras de fondos para el retiro
- fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos, municiones y fuegos artificiales, sin incluir la adquisición y utilización de explosivos para actividades industriales y extractivas, ni la elaboración de mezclas explosivas para el consumo de dichas actividades
- impresión y publicación de periódicos para circulación exclusiva en territorio nacional
- acciones serie "T" de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y forestales
- pesca en agua dulce, costera y en la zona económica exclusiva, sin incluir acuacultura
- administración portuaria integral
- servicios portuarios de pilotaje a las embarcaciones para realizar operaciones de navegación interior
- sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la navegación interior y de cabotaje, con excepción de cruceros turísticos y la explotación de dragas y artefactos navales para la construcción, conservación y operación portuaria
- suministro de combustibles y lubricantes para embarcaciones y aeronaves y equipo ferroviario
- sociedades concesionarias en términos dela Ley federal de Telecomunicaciones
+ Sociedades en las que se requiere autorización de la Comisión Nacional de inversiones Extranjeras para que la inversión extranjera pueda participar en un porcentaje mayor al 49%:
- Servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interior, tales como el remolque, amarre de cabos y lanchaje
- Sociedades navieras dedicadas a la explotación de embarcaciones exclusivamente en tráfico de altura
- Sociedades concesionarias o permisionarias de aeródromos de servicio al público
- Servicios privados de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior, superior y combinados
- Servicios legales
- Sociedades de información crediticia
- Instituciones calificadoras de valores
- Agentes de seguros
- Telefonía celular
- Construcción de ductos para la transportación de petróleo y sus derivados
- Perforación de pozos petroleros y de gas
- Construcción, operación y explotación de vías férreas que sean vía general de comunicación y prestación del servicios público de transporte ferroviario
Es importante mencionar que, en aquellos casos en los que la LIE establece porcentajes máximos a la inversión extranjera, éstos no pueden ser rebasados directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación o cualquier otro mecanismo que otorgue control o una participación mayor a la que se establece en la LIE.
VERIFICAR LOS SIGUIENTES ENLACES:
http://www.sice.oas.org/trade/Mexcr_s/AnexoIIMX.PDF
http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lcp/chavez_l_dd/apendiceA.pdf
VERIFICAR LOS SIGUIENTES ENLACES:
http://www.sice.oas.org/trade/Mexcr_s/AnexoIIMX.PDF
http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lcp/chavez_l_dd/apendiceA.pdf
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ResponderEliminarMexico cuenta con un regimen respecto de la inversion extranjera para ayudar al crecimiento del pais, asi como hay actividades en las que puede participar el extranjero, existen otras en las cuales no tiene el acceso o el derecho de explotarlos, ya que esta establecido en la LIE, que ciertas actividades estan reservadas al Estado.
ResponderEliminarPor: Paty, Anel y Carmen.
Resulta obvio considerar estos puntos como excepciones a la restricción de imponer requisitos de desempeño alas restricicones para los inversionistas extranjeros. por que es una medida de salvaguarda que utliza el gobierno para proteger la produccion nacional y la competitivadad de los productores nacionales.
ResponderEliminarestas restricciones si bien se anlaiza son medidas que se relacionan solo con organizaciones que tienen una relacion con el comercio internacional, protegiendo lo recursos naturales de la nacion como el petroleo, la energia, algunas comunicaciones, entre otros.
es considerable aplicar estas medidas que etabilizan un poco el deficit y el superavit del comercio nacional y si otros paises lo aplican por que nosotros no, si bien se dice la inverciones incrementan la economia por la inyeccion de circulante, pero muchas de las veces afecta al sector productivo llevandose la utilidad al pais de origen del inversionista.
jose luis ramirez
luis pulido ramirez
Otra de las ventajas que se pueden encontrar en la inversión extranjera son todas aquellas restricciones o excepciones para los inversionistas extranjeros y prioridades para ciudadanos mexicanos, las cuales son impuestas por la Ley de Inversion Extranjera, ésta hace incapie en los porcentajes y sectores en los cuales puede participar un inversionista extranjero, y casos exclusivos de inversión para el país.
ResponderEliminarAdemás, la Ley de Inversión Extranjera nos brinda la seguridad de que los extranjeros no podrán ser dueños absolutos de cualquier reserva situada en México.
En conclusión, aunque la LIE no sea respetada en su totalidad y no se adquiera el porcentaje de utilidades establecidad por la misma,ya sea el mínimo porcentaje que se logre obtener de la inversión extranjera es un claro beneficio para el país.
Equipo:
ResponderEliminarLaura Marina Flores
Yadira Cervantes Quitoz
Liz Menes Mendez
Yessenia Perez Huerta
Considero que la Ley de Inversión Extranjera le da protección al país a través de sus restricciones, ya que un extranjero solo puede invertir en nuestro país con un cierto porcentaje según lo indica la LIE.
ResponderEliminarMéxico se ve en cierta manera beneficiado por la inversión extranjera
ResponderEliminarMéxico al paso del tiempo cuenta con un alto régimen donde permite que inversionistas extranjeros puedan participar el algunas actividades para mejorar el comercio nacional y el crecimiento del país, tomando en cuanta que los inversionistas quedan privados de participar en las actividades que se recercan para el estado.
ResponderEliminarCabe mencionar que México al imponer restricciones a los inversionistas extranjeros es con la finalidad de proteger de alguna manera sus recursos naturales tales como el petroleo, minerales radio activos etc..... y fomentar el crecimiento del comercio nacional.
En conclusión la LIE, es la que otorga la protección al país por medio de restricciones y asi busca fomentar mejoras económicas para el pais
att: anel torres.
La inversion extrajera es un factor muy importante para Mexico ya que le incrementaria la econima y una estabilidad en la balanza comercial, pero tambien es importante que haya restricciones ya que con eso hace una salvaguarda de los recursos de Mexico encuanto a la produccion y venta de los mismos.
ResponderEliminarMéxico se ve de cierta manera beneficiado por la inversión extranjera por el porcentaje de ganancias que obtiene, pero al mismo tiempo no es el necesario para hacer crecer la economia del país. Ya que, la mayoria de las ganancias o la gran parte es destinado al país que introdujo su capital en alguna actividad dentro de México.
ResponderEliminarEl régimen jurídico de la inversión extranjera me parece una Ley con todas sus clausulas muy bien estipuladas y que son claras para los extranjeros, sin embargo no son respetadas por estos, pero creo que la mayor parte de culpa la tenemos los mexicanos por permitirlo, y si, México se ve beneficiado pero en la menor parte pues los inversionistas extranjeros se llevan la mayor parte.
ResponderEliminarLaura Hdez. Glez.